
La Directiva establece el objetivo de que el sexo menos representado ocupe como mínimo el 40% de los puestos de administradores no ejecutivos o el 33% del total de puestos de administradores en los consejos de administración de las mayores sociedades cotizadas.
La fecha límite para la transposición de esta normativa por parte de los Estados miembro era el 28 de diciembre de 2024; las empresas deben cumplir los objetivos fijados a más tardar el 30 de junio de 2026. En el caso de España, la Directiva se transpuso al ordenamiento jurídico español mediante la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, que entró en vigor el pasado 22 de agosto.
En la Unión Europea, la proporción media de mujeres en los consejos de administración es del 34%. Desde 2010, la representación de las mujeres en los consejos de administración ha ido aumentando en la mayoría de los Estados miembro, pero la importancia de estos avances varía considerablemente de unos países a otros y la situación se está estancando en algunos de ellos.
Por ejemplo, en 2024, las mujeres representaban el 39,6% de los miembros de los consejos de administración de las mayores sociedades cotizadas en los países donde las cuotas de género son vinculantes, frente al 33,8% en los países que han adoptado medidas flexibles y al 17% en los países que se han abstenido de actuar a este respecto.
Objetivos de representación claros
Los Estados miembro, a día de hoy, debían haber transpuesto a su ordenamiento jurídico nacional las normas de la Directiva, en particular, medidas vinculantes específicas para el proceso de selección de los miembros de los consejos de administración, con criterios transparentes y neutros con respecto al género; la aplicación de la regla de preferencia al candidato del sexo infrarrepresentado en caso de candidatos igualmente cualificados de ambos sexos; la presentación de informes sobre la composición de los consejos de administración; y sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias para las empresas que incumplan las obligaciones de transparencia en la selección y de presentación de informes.
La Directiva requiere también a los Estados miembro que publiquen una lista de las empresas que hayan alcanzado los objetivos de equilibrio de género y que designen uno o más organismos responsables de la promoción, el análisis, el seguimiento y el apoyo del equilibrio de género en los consejos de administración.
La Comisión propuso la Directiva sobre el equilibrio de género en los consejos de administración de las sociedades en noviembre de 2012. Tras 10 años de debates, el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo político en junio de 2022. La fecha límite para transponer las disposiciones de la Directiva se fijó dos años más tarde, el 28 de diciembre de 2024.